El envejecimiento activo y la promoción de la autonomía personal son temas cruciales en la actualidad, especialmente en las zonas rurales. Para abordar estos desafíos, el Área de Cohesión Social e Igualdad de la Diputación Provincial de Sevilla ha lanzado una convocatoria dirigida a entidades locales de municipios con menos de 20.000 habitantes en la provincia de Sevilla. Esta iniciativa busca financiar proyectos innovadores que mejoren la calidad de vida de las personas mayores, fomentando su autonomía y bienestar.
Plazo de solicitud
La fecha límite para la presentación de proyectos es el 16 de julio de 2024. Es fundamental que las entidades interesadas preparen y envíen sus propuestas dentro de este plazo para ser consideradas en el proceso de concurrencia competitiva.
¿A quién va dirigida?
Los beneficiarios de esta convocatoria son los ayuntamientos de municipios con una población inferior a 20.000 habitantes y sus entidades locales autónomas en la provincia de Sevilla. Estos organismos tienen la oportunidad de presentar proyectos que impacten positivamente en la vida de las personas mayores de sus comunidades.
Ejes de Actuación
Los proyectos presentados deben centrarse en uno o varios de los siguientes ejes de actuación:
- Promoción del envejecimiento activo y estilos de vida saludables: Iniciativas que fomenten la actividad física, la nutrición balanceada y la participación social de las personas mayores.
- Formación y apoyo de las redes del cuidado informal: Programas de capacitación y soporte para cuidadores informales, incluyendo familiares y amigos que brindan cuidados no remunerados.
- Proyectos de atención a mayores contra la soledad no deseada: Estrategias para combatir la soledad y el aislamiento social, promoviendo la integración y el acompañamiento de los mayores.
Financiación
La subvención máxima disponible para cada proyecto es de 4.000 €, que pueden utilizarse en uno o varios de los ejes de actuación mencionados. Los gastos deben ejecutarse dentro de los 12 meses siguientes al pago de la subvención. La cofinanciación requerida dependerá del número de habitantes del municipio:
- Hasta 999 habitantes: 0% de cofinanciación.
- De 1.000 a 4.999 habitantes: 5% de cofinanciación.
- De 5.000 a 9.999 habitantes: 10% de cofinanciación.
- De 10.000 a 20.000 habitantes: 20% de cofinanciación.
Gastos Subvencionables
Los siguientes gastos son elegibles para ser cubiertos por la subvención:
- Gastos totales de personal relacionado con el proyecto.
- Gastos corrientes:
- Prestación de servicios.
- Material fungible.
- Material de reprografía.
- Material no inventariable para la impartición de los talleres.
- Seguros.
Gastos No Subvencionables
No se considerarán subvencionables los siguientes gastos:
- Medios de transporte para viajes de ocio y tiempo libre.
- Alquileres de locales.
- Patentes, licencias.
- Finanzas.
- Aplicaciones y equipamiento informático.
- Mobiliario.
- Reformas y acondicionamiento de locales.
- Servicios de restauración (catering).
- Servicios clínicos individuales (podología, fisioterapia, psicología, etc.).
- Gasto de combustible.
Rural Bridge ofrece apoyo y asesoramiento en la ideación y preparación de una propuesta innovadora que aborde tus necesidades específicas.
Nuestro compromiso es proporcionar asistencia técnica, dando apoyo en la preparación de la documentación técnica y administrativa requerida para la solicitud. Además, si es necesario, atendemos cualquier requerimiento posterior.
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